Es la pregunta más útil que un comprador de preconstrucción puede hacer antes de firmar, y la que menos se hace en voz alta.
Esta página describe la posición general. Su contrato rige su situación, y sólo un abogado en Florida que lo lea puede decirle dónde está parado. Consulte a la firma de Miami Dossier para conocer la posición actual sobre cualquier edificio que cubrimos.
En un contrato típico de condominio en preconstrucción en Florida, el comprador que no cierra sin tener un derecho contractual de cancelar pierde los depósitos pagados. Ese es el punto de partida y conviene asumirlo salvo que el contrato diga otra cosa.
Hay excepciones, y son la razón por la que vale la pena hacer bien esta pregunta. El plazo legal de rescisión posterior a la recepción del expediente del condominio. Los derechos que surgen si el desarrollador introduce un cambio sustancial en la oferta. Los que surgen si el desarrollador no termina en la fecha límite del contrato. Y cualquier cláusula específica negociada en su contrato.
Cada una de esas es una pregunta legal sobre un documento concreto, y esta página es un mapa de dónde mirar y no asesoría sobre lo que encuentre.
La ley de Florida otorga a quien compra una unidad de condominio a un desarrollador un plazo posterior a la recepción del expediente durante el cual puede cancelar el contrato y recuperar los depósitos. Cómo opera exactamente ese derecho, y cómo se computa el plazo, es materia de asesoría legal.
Lo que importa en la práctica es que es corto, que corre desde un hecho documentado, y que es la única ventana en la que un comprador puede en general salir limpiamente por cualquier motivo o por ninguno.
Por eso todo comprador serio hace que su abogado lea el expediente dentro de esa ventana y no con calma después. Es el único punto de la operación donde leer rápido tiene más valor.
Si su expediente acaba de llegar, ese es el hecho sobre el cual actuar hoy.
La ley de Florida prevé derechos cuando el desarrollador introduce una modificación sustancial a la oferta. Los compradores suelen suponer que eso cubre cualquier decepción: un acabado sustituido, una amenidad reducida, una demora.
Es más estrecho que eso, y los contratos se redactan reservando al desarrollador latitud considerable sobre especificación, distribución y amenidades. Si un cambio determinado es sustancial en sentido legal es exactamente el tipo de pregunta que requiere asesoría sobre los hechos y los documentos concretos.
La lección práctica está aguas arriba. La cláusula de modificación del contrato, leída antes de firmar, le dice cuánto puede cambiar sin darle ningún derecho. Esa cláusula es más informativa sobre su posición real que la disposición sobre cambio sustancial.
La ley de Florida rige cómo deben mantenerse los depósitos de condominio en preconstrucción, y prevé circunstancias en las que un desarrollador puede usar porciones de ellos, incluso para construcción, sujeto a condiciones y a divulgación.
Esto importa porque la respuesta práctica a qué pasa si el proyecto fracasa depende en parte de qué se hizo con el dinero. Establezca para su contrato cómo se mantienen los depósitos, qué porciones pueden usarse y bajo qué condiciones, y haga que su abogado lo confirme en lugar de aceptar un resumen verbal.
Pregúntelo antes de pagar y no después. Es una pregunta normal y cualquier desarrollador está habituado a responderla.
Cambiaron las circunstancias y quiere salir. Fuera del plazo de rescisión y sin derecho contractual, esto en general significa perder el depósito. Es también la situación donde puede ser posible ceder o revender el contrato, donde el contrato lo permita, y muchos lo restringen o lo prohíben. Establezca la posición temprano y no cuando la necesite.
El proyecto se demora mucho. Los contratos tienen una fecha límite y cláusulas sobre demora. Qué derechos surgen, y cuándo, es materia del contrato y de asesoría.
La unidad entregada no es la que se vendió. Los contratos tienen tolerancias y remedios. Si una diferencia cae dentro o fuera de ellos es una pregunta legal.
El financiamiento no salió. Los contratos de preconstrucción con frecuencia no tienen ninguna condición de financiamiento. Si su cierre depende de un crédito, esa ausencia es uno de los datos más importantes del documento, y conviene establecerlo antes de firmar.
Haga que un abogado en Florida lea el contrato, y que lo lea dentro del plazo de rescisión si el expediente ya fue entregado.
Encuentre el calendario de depósitos, las cláusulas de plica y qué puede usarse.
Encuentre la cláusula de modificación y las tolerancias, que definen cuánto puede cambiar sin recurso.
Encuentre la fecha límite y qué ocurre si se vence.
Establezca si se permite la cesión o reventa del contrato, porque es la principal vía de salida que no implica perder el depósito.
Quien hizo estos cinco puntos está en una posición completamente distinta de quien no, y ninguno toma mucho tiempo.
No le vamos a decir que retirarse es fácil, porque en general no lo es, y una página que insinuara lo contrario le haría daño.
Lo que sí diremos es que la posición se puede conocer por adelantado, por escrito, antes de que se mueva un dólar. Quien hace estas preguntas antes de firmar rara vez es quien después se encuentra atrapado.
También vale decir que la mayoría de las compras en preconstrucción se completan sin novedad. Esta página existe para que usted entienda los términos que acepta, no para sugerir que el resultado esté en duda.
El plazo de rescisión, la cláusula de modificación, la fecha límite y la de cesión definen juntas su posición real, y las cuatro se pueden leer antes de pagar nada. Escríbale a la firma de Miami Dossier y le mostramos dónde están en un contrato concreto y lo presentamos con asesoría para leerlas como corresponde.
Escriba a la firma por WhatsApp · 305.588.4547·[email protected]
Esta página le da el marco, no el veredicto sobre su caso. Sólo su contrato define su posición y sólo un abogado que lo lea puede decírselo. Escríbale a la firma de Miami Dossier y le decimos con franqueza qué sabemos, qué no sabemos y dónde termina nuestra competencia. Cuando la pregunta sea legal, fiscal o migratoria, lo presentamos con asesores que se ocupan de eso como corresponde, en lugar de responderlo nosotros.
Escriba a la firma por WhatsApp · 305.588.4547·[email protected]